La ANAD pide frenar una “campaña de descrédito”, pero su defensa choca con expedientes controvertidos, baja confianza y dudas procesales.
La defensa pública de Ernestina Godoy comenzó este 10 de agosto con un problema difícil de ignorar. La Asociación Nacional de Abogados Democráticos (ANAD) exige que cese una supuesta “campaña calumniosa” contra la fiscal general de la República y presenta como hechos su “imparcialidad”, sus “valores éticos” y su “máximo profesionalismo”. Pero no identifica una sola calumnia concreta, no señala qué información sería falsa ni precisa quién la habría amenazado o chantajeado.
Más aún: el propio comunicado presenta a Godoy como “nuestra compañera fundadora, expresidenta y Medalla Emilio Krieger” de la ANAD. La solidaridad entre antiguos compañeros es perfectamente legítima. Lo que no puede pretenderse es que ese vínculo se transforme en certificado independiente de imparcialidad.
Ernestina Godoy, defendida desde casa
Ése es el primer problema de esta campaña para proteger el prestigio de Ernestina Godoy: confunde respaldo con evidencia.
La reputación de quien encabeza la FGR no debería depender de comunicados laudatorios, sino de algo bastante menos cómodo: expedientes sólidos, transparencia procesal, resultados medibles y la demostración cotidiana de que la ley se aplica con el mismo rigor a adversarios y aliados.
Y es justamente ahí donde el expediente público de Godoy permite formular preguntas que no desaparecen llamándolas “calumnias”.
Ruffo: dos solicitudes, dos jueces
El caso de Ernesto Ruffo Appel ofrece un ejemplo reciente.
El 22 de junio de 2026, el juez federal de carrera Mario Elizondo Martínez rechazó las 23 órdenes de aprehensión solicitadas por la FGR dentro de la causa penal 219/2026, al considerar que la Fiscalía no había fundamentado adecuadamente sus inferencias. Ruffo ni siquiera figuraba entre esas 23 personas.
Veintiún días después, la Fiscalía presentó otra solicitud. Esta vez incorporó a Ruffo y a otro imputado, elevó el número a 25, abrió la causa penal 253/2026 y el asunto llegó a la jueza electa Alejandra Ramírez de la Vega, quien se encontraba de guardia. Al día siguiente fueron concedidas las órdenes de aprehensión.
Eso no demuestra por sí solo una persecución política. La FGR pudo añadir evidencias, corregir errores o fortalecer su argumentación.
Pero tampoco es un detalle menor.
Si una primera petición fracasa y tres semanas después otra juzgadora concede las capturas, la explicación institucional indispensable es sencilla: ¿qué pruebas nuevas aparecieron y qué cambió jurídicamente entre una solicitud y otra?
Hasta ahora esa comparación no se ha transparentado.
La jueza incluso negó a defensores de algunos imputados copia de la resolución mediante la cual el primer juez rechazó las capturas, al considerarla confidencial. Además, a petición de la FGR, las audiencias se cerraron a público y medios bajo el argumento de seguridad nacional; algunas tampoco aparecieron oportunamente en la agenda electrónica judicial.
Cuando una Fiscalía acusa públicamente pero el debate sobre sus pruebas ocurre detrás de puertas cerradas, la exigencia de transparencia no constituye una campaña de desprestigio. Constituye periodismo y control democrático.
Un caso grave exige más apertura
Tampoco se trata de absolver anticipadamente a Ruffo.
La investigación sobre huachicol fiscal es suficientemente grave para exigir que llegue hasta el final. La red investigada involucra millones de litros de combustible, empresas importadoras, transportistas, agentes aduanales y mecanismos destinados presuntamente a evadir impuestos. Ruffo ya fue vinculado a proceso y deberá responder judicialmente por las imputaciones en su contra; mientras no exista sentencia, conserva la presunción de inocencia.
Precisamente por la magnitud del caso, la FGR debería procurar que no quede duda sobre la forma en que obtuvo las órdenes, la calidad de sus pruebas ni el criterio utilizado para perseguir a todos los participantes.
Una investigación enorme no justifica menos transparencia. Exige más.
Los números que incomodan
Para evaluar el “máximo profesionalismo” que hoy proclama la ANAD también conviene revisar el periodo de Godoy al frente de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México.
México Evalúa encontró que en 2023 se presentaron más de 242,000 denuncias en la capital y 56.5% permanecía todavía en investigación, sin llegar a vinculación a proceso. Sólo 38.6% de las personas manifestaba confianza en el Ministerio Público, frente a un promedio nacional de 58.1%, mientras 81.7% percibía corrupción en esa institución.
El mismo análisis encontró que apenas 0.64% de los asuntos llegó a mecanismos alternativos de solución de controversias, contra 6.3% nacional, y que el archivo temporal representó 63.8% de las salidas procesales.
Sería injusto ocultar el otro lado de las cifras. México Evalúa también registró una mejora en el Índice de Capacidad de la justicia capitalina: pasó de 548 a 694 puntos sobre 1,000, y la ciudad tenía 19.7 fiscales por cada 100,000 habitantes, frente a 12.9 del promedio nacional.
La propia Godoy sostuvo al terminar su gestión que los delitos de alto impacto habían disminuido 60.29% y el homicidio doloso 42% entre enero de 2019 y diciembre de 2023. Son cifras que deben formar parte de cualquier balance serio.
Pero una reducción del delito registrado y un incremento de capacidad institucional no borran el bajo nivel de confianza, el enorme volumen de investigaciones estancadas ni el uso masivo del archivo temporal.
Ése es justamente el problema de los elogios absolutos: la realidad tiene cifras que los desmienten o, cuando menos, los matizan.
Los 528 días de Alejandra Cuevas
Hay además un expediente imposible de borrar con un comunicado de solidaridad.
Durante la gestión de Godoy, la Fiscalía capitalina encarceló a Alejandra Cuevas por el caso relacionado con la muerte de Federico Gertz, hermano del entonces fiscal general Alejandro Gertz Manero.
Cuevas permaneció 528 días en prisión.
En marzo de 2022, la Suprema Corte de Justicia de la Nación concedió un amparo liso y llano y ordenó su liberación inmediata. La Corte consideró incorrecta la imputación y cuestionó que se le hubiera atribuido la figura de “garante accesoria”, inexistente en la legislación aplicable.
La Fiscalía encabezada por Godoy defendió entonces su actuación.
Ese fallo estuvo lleno de sospecha de que se haya fabricado el expediente en confabulación con Gertz. Pero 528 días de prisión derivados de un caso que terminó de esa manera ante la Suprema Corte constituyen una derrota jurídica de enorme dimensión para la institución que dirigía.
Y resulta difícil conciliar ese antecedente con una proclamación sin matices sobre “máximo profesionalismo” y respeto irrestricto a los derechos humanos.
La autonomía tampoco se proclama
El cuestionamiento sobre independencia tiene además una dimensión política objetiva.
Los registros oficiales documentan que Godoy fue legisladora de Morena. En 2024 llegó al Senado por ese partido y después dejó el escaño para convertirse en consejera jurídica de la Presidencia de Claudia Sheinbaum. De allí pasó a la FGR y el Senado la designó fiscal general el 3 de diciembre de 2025, con 97 votos a favor, 19 en contra y 11 nulos.
Ese tránsito tampoco ocurrió en un Congreso políticamente neutral. Morena y sus aliados llegaron a la LXVI Legislatura con un dominio parlamentario considerable, particularmente en la Cámara de Diputados, donde alcanzaron la mayoría calificada después de una asignación de representación proporcional que provocó una fuerte controversia. El INE decidió aplicar el límite constitucional de ocho puntos de sobrerrepresentación a cada partido por separado y no a la coalición en su conjunto. Dentro del propio instituto hubo consejeros que advirtieron que el resultado no reflejaba proporcionalmente la pluralidad expresada en las urnas. La mayoría del INE aprobó el reparto y el Tribunal Electoral posteriormente lo confirmó, por lo que jurídicamente quedó firme, aunque la discusión sobre la distorsión entre votos y curules permanece.
Ese contexto importa. Godoy pasó directamente de un cargo político en el gobierno de Sheinbaum a dirigir una Fiscalía que constitucionalmente debe ser autónoma, y fue designada por un Senado dominado por el mismo bloque político del que ella provenía. Nada de eso la incapacita jurídicamente para ejercer el cargo, ni demuestra por sí mismo subordinación. Pero sí eleva extraordinariamente el estándar que debe cumplir: su independencia no puede darse por sentada ni certificarse mediante comunicados de aliados; tiene que demostrarse investigando con el mismo rigor a adversarios y a integrantes del poder que impulsó su nombramiento.
Pero una Fiscalía autónoma encabezada por alguien que llega directamente desde el círculo político de la Presidencia tiene una carga especial: no basta con afirmar independencia; debe demostrarla.
Y se demuestra investigando con idéntica energía cuando el expediente conduce hacia quienes forman parte del poder gobernante.
Investigar opositores tampoco es prueba
También sería intelectualmente deshonesto sostener que cualquier investigación contra un adversario de Morena constituye persecución.
La FGR de Godoy ha reactivado asuntos que merecen investigarse. En agosto retomó el expediente de Next Energy, relacionado con un contrato de Aguascalientes y un presunto daño superior a 2,000 millones de pesos; cinco exfuncionarios están involucrados en la indagatoria, aunque la gobernadora Teresa Jiménez no ha sido judicialmente imputada.
El 6 de agosto también fue detenido el exgobernador de Guerrero Ángel Aguirre Rivero, a quien la Fiscalía acusa de haber ordenado destruir evidencia relacionada con el caso Ayotzinapa. La imputación se apoya, entre otros elementos, en testimonios incorporados recientemente a la investigación.
Ambos expedientes pueden ser legítimos. Tendrán que probarse ante tribunales.
El problema no consiste en que la FGR investigue políticos. Para eso existe.
La pregunta decisiva es otra: ¿persigue con la misma profundidad los expedientes cuando la ruta del dinero, las responsabilidades administrativas o las posibles complicidades conducen hacia personajes vinculados con el oficialismo?
Ésa es la prueba que ninguna asociación de amigos puede responder por ella.
El prestigio no se decreta
La ANAD tiene todo el derecho de acompañar a su fundadora y expresidenta. Pero precisamente por esa relación debería abstenerse de presentar su solidaridad como comprobación de imparcialidad.
Y si realmente existe una “campaña calumniosa”, lo razonable sería identificar las calumnias: quién las formuló, qué afirmó falsamente, qué evidencia las desmiente y cuáles fueron las amenazas o chantajes denunciados.
Sin esos elementos, el comunicado convierte la crítica en agresión y el escrutinio en descrédito.
Una fiscal general no necesita que la protejan de las preguntas. Necesita poder contestarlas.
¿Por qué la FGR cambió de juzgador en el caso Ruffo? ¿Qué nueva evidencia incorporó? ¿Por qué se mantuvo reservada la primera negativa? ¿Hasta dónde llegará la investigación del huachicol fiscal cuando aparezcan funcionarios públicos? ¿Se medirán con la misma vara los expedientes de adversarios y aliados?
El prestigio de Ernestina Godoy no puede construirse declarando calumnioso todo cuestionamiento. Se construirá —o se perderá— con las respuestas que produzcan sus expedientes.
Y ésas no las puede firmar la ANAD.
