Tribunal frena abusos de “Quién es quién en las mentiras”

Un tribunal declaró inconstitucional la sección “Quién es quién en las mentiras”, etiquetada como propaganda que vulneró derechos fundamentales y fomentó hostilidad.

Fallo histórico contra la descalificación oficial

El Vigésimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito determinó que la sección “Quién es quién en las mentiras”, presentada en conferencias matutinas del expresidente López Obrador, no fue ejercicio periodístico, sino propaganda disfrazada. La sentencia considera que esa sección violó derechos fundamentales de periodistas al desacreditarlos, estigmatizarlos y poner en riesgo un ambiente hostil.

El fallo favorece al periodista Raymundo Riva Palacio (@rivapa), quien ganó un amparo tras denunciar que la sección lo puso como parte de supuestas redes corruptas, afectando su reputación y ejercicio profesional.

Entre los afectados se encuentra el analista político Max Kaiser (@MaxKaiser75) quien también fue mencionado en varias ocasiones con calificativos denostativos y sin sustento.


El uso indebido de medios oficiales

De acuerdo con el tribunal, esa sección no podía considerarse periodismo ni opiniones personales de funcionarios, pues formaba parte de la comunicación oficial. Por tanto, estaba sujeta a obligaciones de veracidad, objetividad y respeto a los derechos humanos.

La resolución enfatiza que la información difundida no se basaba en hechos verificables, sino en juicios y valoraciones subjetivas, lo que excedió los límites de la propaganda gubernamental.


El tribunal concluyó que:

  • La creación de la sección fue verbal, sin orden escrita ni refrendo del Secretario correspondiente, lo que atenta contra el artículo 16 constitucional y la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
  • Constituyó un “Ministerio de la Verdad” oficial: el Estado se arrogó el poder de decidir qué era verdad, sin transparencia, sin derecho de réplica y sin criterios claros.

Impacto simbólico y social

La resolución fue celebrada como un precedente histórico por la libertad de prensa en México. Riva Palacio señaló que el fallo —publicado en el Semanario Judicial de la Federación— es devastador para la sección y fortalece los límites del discurso gubernamental frente a la prensa.

Además, el tribunal advirtió que estas prácticas fomentan censura indirecta, polarización y hostilidad contra medios críticos. Organismos como la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la CIDH ya habían identificado esa sección como un riesgo para las garantías democráticas.

¿Por qué importa?

Este fallo envía una señal clara: las autoridades no pueden usar espacios oficiales para desacreditar críticos. La libertad de prensa debe protegerse aun cuando se ejerza desde el poder. El Estado sí puede contrarrestar desinformación, pero bajo parámetros legales, objetivos y transparentes —no con ataques selectivos disfrazados de corrección.