Adiós outsourcing, hola sustitución patronal

Ciudad de México (24 de mayo de 2021).- En el reciente simposio sobre relaciones laborales en México organizado por Latam Business School (LBS), los expositores y catedráticos de dicha institución sostuvieron que la sustitución patronal es el mejor camino para que no desaparezcan por completo las empresas de subcontratación, esto frente a la puesta en marcha de la Reforma al Outsourcing en México que prohíbe la contratación vía terceros.

Alejandro Caro, profesor de Latam Business School y director de EY para la región del Norte de México expuso que la ley les permite a las empresas ofrecer servicios especializados y el insourcing pero, argumentó, “si utilizamos subcontratación y no podemos justificar que sea especializado debemos absorber a los trabajadores. Una de las opciones es terminar la relación de trabajo y luego contratarlos”.

Caro mencionó, durante un panel de análisis denominado “Subcontratación, Implementaciones y Retos de la Reforma” organizado por LBS que la opción por insourcing no es recomendable por cuestiones fiscales, ya que si en la estructura el proveedor es un tercero no conviene, se tiene que analizar cuidadosamente la situación del personal.

Por eso, la más viable y práctica es la sustitución patronal al ser un trámite más corto y con mayores beneficios, detalló: “si se hace durante los primeros 90 días de que entró en vigor la ley, la empresa no tiene obligación de transferir activos de una empresa a otra junto con los trabajadores”.

Además, se pueden llevar la prima de riesgo de una empresa a otra para efectos de seguro de riesgo de trabajo; “la regla general es que, si transfieres a trabajadores de una empresa a otra, salvo que cumplas los requisitos de la Ley del Seguro Social, no te llevas la prima”, dijo.

El especialista reconoció otra ventaja importante con la figura de sustitución patronal, es que el trabajador no perdería sus derechos laborales como antigüedad, salario y prestaciones, habrá una responsabilidad solidaria de 6 meses a partir de que se da el aviso al trabajador, y ésta es respecto de las obligaciones laborales.

Por su parte, Karina Herrera, profesora en la especialización en RR.LL. & Compliance de Latam de Business School dijo estar de acuerdo en que la sustitución patronal es una buena alternativa ante la iniciativa, ya que hacer la subcontratación de servicios especializados deja muchas ambigüedades, al permitirse siempre y cuando no formen parte de la actividad preponderante de la empresa. “tenemos que hacer un análisis de qué puestos están elegibles para poder llevar una subcontratación especializada permitida”.

Recomendó a las empresas hacer una revisión estructural de la organización, hacer una especialización con todos los requisitos, revisar los mejores proveedores, revisión de contratos, revisión de insourcing y revisión de riesgos laborales y seguridad social.

El profesor Antonio Madrid, también director general de Recursos Humanos en Soriana, dijo reconocer un potencial en los servicios que sí están permitidos, como los procesos de reclutamiento y capacitación, “yo creo que esto ha abierto una línea de oportunidad de negocio que va en el sentido de proporcionar personas adecuadas para las necesidades de las compañías”, comentó.

Antonio Madrid negó que los servicios de insourcing dejen de existir, recomendó a las empresas que tienen este servicio, dejar muy en claro qué servicios especializados van a proporcionar al resto de las empresas del grupo, “de ahí creo que se vislumbra determinadas áreas que estamos apoyando al negocio, a la operación, eso queda permitido bajo los lineamientos que sean servicios especializados”, dijo.